REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 20 de Junio de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2015-002485
ASUNTO : NP01-S-2015-002485
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA QUE DECRETA SOBRESEIMIENTO
Se recibe escrito de la Fiscalía Décima en colaboración a la Fiscalía novena del Ministerio Público del Estado Monagas, quien procede a solicitar formalmente con fundamento en lo establecido en el artículo 300 numeral 1 del COPP a favor del ciudadano: JESUS ENRRIQUE RONDON PINO titular de la cédula de identidad N V 22.971.038; JULIO MIGUEL CARCABALLO titular de la cédula de identidad N V 22.971.023. En fecha. 18.04.2015, LA Ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD denuncia: “… Yo comparezco a denunciar que ambos cuando yo venía de regreso comenzaron a ofenderme y me agredieron físicamente, golpeándome en varias partes del cuerpo…”Riela al folio (13). Expone la Representación fiscal que iniciada la investigación se precalifican los hechos en uno de los TIPOS PENALES DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA;. Sin embargo al transcurrir la investigación no existe la posibilidad de calificar algún tipo penal, no se determina la comisión del delito presumido, , no existen elementos suficientes de convicción que puedan hacer procedente la calificación, no existiendo la posibilidad alguna de probar la comisión de los hechos denunciados. El Tribunal entra en conocimiento de la solicitud, verifica minuciosamente los hechos denunciados, así como las respectivas diligencias practicadas por el órgano de investigación, en la cual se precisa que no existen suficientes elementos de convicción, que lleven a la convicción y se determine la existencia de los hechos denunciados y en consecuencia; se haya producido algún daño, o inestabilidad emocional a la denunciante. Por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 2, 26, 49, del Texto constitucional, en concordancia con lo establecido en el artículo 300, numeral 1 del código Orgánico procesal penal, se decreta SOBRESEIMIENTO, de conformidad con el artículo 300 numeral 4 del COPP, en el proceso iniciado en contra de los ciudadanos: JESUS ENRRIQUE RONDON PINO titular de la cédula de identidad N V 22.971.038; JULIO MIGUEL CARCABALLO titular de la cédula de identidad N V 22.971.023. por la presunta comisión de unos hechos que encuadran en uno de los TIPOS PENALES DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, en agravio de una niña de 5 años de edad (identidad omitida) la ciudadana denunciante: SE OMITE SU IDENTIDAD Asimismo el cese de todas las medidas de coerción personal y medidas de protección y seguridad impuesta al imputado. Notifíquese a todas las partes. Una vez estando firme, se oficiará a SIIPOL, a fin de ser excluido del sistema, y se ordenará el archivo definitivo de las actuaciones. Regístrese, publíquese y diarícese. Líbrese lo conducente.-
JUEZA 1 CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
SECRETARIA
ABGA. YOMAIRA PALOMO
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