REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 3 de Julio de 2017
207º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2017-000698
ASUNTO : NP01-S-2017-000698

Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO formulada por la Fiscalia Novena del Ministerio público de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en atención al artículo 300 ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal este Tribunal a los fines de emitir un pronunciamiento, observa:
Los hechos sobre los cuales versó el presente proceso son los siguientes: En fecha 6-5-2014 se dio inicio a la investigación en virtud de la denuncia formulada por una adolescente para la fecha con 16 años identificada SE OMITE SU IDENTIDAD de 19 años para la fecha en contra del ciudadano YORDAL JOSE CABELLO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº.- 8.376.115 Indicando: “yo vengo a denunciarlo porque me carga acosada que se va a vengar de mi, por una citación que yo le pasé… Es todo…” (Folio 8).
En fecha 14-3-2017 solicita el sobreseimiento de la causa al considerar, que el hecho la insuficiencia probatoria, no existe la certeza y no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos. Por lo que esta Juzgadora verifica a lo fines del pronunciamiento que el Ministerio Público no logró demostrar la comisión del delito por insuficiencia probatoria, por lo que lo procedente y ajustado a derecho es decretar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida en contra del ciudadano YORDAL JOSE CABELLO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº.- 8.376.115 sin poder aún ejercer ninguna precalificación en agravio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDADconforme a lo dispuesto en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena el cese de cualquier medida de coerción personal que puedan pesar contra el ciudadano sobreseído oficiándose a los organismos competentes a los fines de ley consiguientes, y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho ya explanados, este Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA PRIMERO: YORDAL JOSE CABELLO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº.- 8.376.115 sin poder aún ejercer ninguna precalificación en agravio de la ciudadana SE OMITE conforme a lo dispuesto en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena el cese de cualquier medida de coerción personal que puedan pesar contra el ciudadano sobreseído oficiándose a los organismos competentes a los fines de ley consiguientes SEGUNDO: Se acuerda la notificación de las partes, una vez que quede definitivamente firme, se oficiará al siipol a los efectos de la exclusión del sistema por este procedimiento la presente decisión.. Regístrese y publíquese. Cúmplase.

JUEZA1 CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDA

ABGA. IVIS RODRIGUEZ
SECRETARIA

ABGA. YOMAIRA PALOMO