REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 16 de Junio de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2015-000151
ASUNTO : NP01-S-2015-000151
Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud de fecha 16 de junio de 2017, interpuesta por el Abogado Henrry José Maican Cabello, en su condición de Defensor Privado del Acusado DARWIN PATIÑO, portador de la Cédula de Identidad N° v-20.937.800, mediante lo cual solicita evaluación a su representado, alegando que: “…visto que en conversaciones sostenidas con mi representado el mismo me ha manifestado que actualmente presenta fuertes dolores en la pierna izquierda en razón de una herida producida por arma de fuego y que no soporta tales dolores; es por lo que solicito con carácter de urgencia sea acordado el traslado hasta el Hospital Manuel Núñez Tovar al Departamento de traumatología a los fines de ser evaluado…”. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo de las razones de hecho y de derecho en cual se fundamenta el Defensor Privado para formular tal petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna ACUERDA el traslado del acusado ciudadano DARWIN PATIÑO, portador de la Cédula de Identidad N° v-20.937.800, hasta el Departamento de Traumatología del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, a los fines de que se le practique Evaluación Medica al prenombrado acusado; asimismo oficiar al Médico o Médica de Guardia del el Departamento de Traumatología del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, de esta ciudad de Maturín Estado Monagas, que una vez practicado dicho examen Medico remita las resultas a la brevedad posible a este Tribunal. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Juicio,
Abga. Dulce Lobatón B.
La Secretaria Judicial,
Abga. Raiza Mejia P.