REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 9 de junio de 2017.
AÑOS: 207º y 158º
ASUNTO: UP11-V-2016-000164
Visto el escrito presentado por la ciudadana NOHELIA QUERALES, en su carácter de abogada IDENA, mediante el cual solicita se le otorgue a los niños UP11-V-2016-000164, nacidos en fecha 12 de enero de 2019 y 25 de julio de 2011 respectivamente, quienes se encuentran bajo MEDIDA DE PROTECCIÓN DE COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN, en la UNIDAD DE PROTECCIÓN INTEGRAL “DANTAS DE YARA”, permisos para que puedan compartir fines de semana, días feriados y periodo vacacional escolar con la ciudadana YENNY CONSUELO MONTERO ROJAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 7.386.822 y su grupo familiar, con la finalidad de ayudar al buen desarrollo emocional de los niños, así mismo preservar y garantizar encuentros con hermanos consanguíneos de los niños (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE
), quienes se encuentran en colocación familiar con amigos de la referida ciudadana y quien mantiene contacto frecuente, compartiendo reuniones y paseos familiares con la familia que tienen en Colocación Familiar, a los hermanos de los niños de autos. Siendo que con la referida solicitud de permiso fue acompañado Informe psicológico de los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE
, del cual se desprende el desarrollo emocional de los niños y las recomendaciones de las profesionales de psicología licenciadas MARÍA GUEVARA y ALEXANDRA ALVARADO, para que se periodo prudencial de permisos y visitas de los niños antes mencionados por la ciudadana YENNY CONSUELO MONTERO ROJAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 7.386.822 y su esposo. Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE, a los fines de garantizar el derecho y en interés superior de los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE
, de que compartan con sus hermanos, que tengan una sana recreación conjuntamente con sus hermanos, que les sea brindado afecto y convivencia familiar, acuerda: Autorizar que los niños sean visitados por la ciudadana YENNY CONSUELO MONTERO ROJAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 7.386.822, asimismo se otorga autorización para que los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE
, puedan compartir con la referida ciudadana los fines de semana, días feriados, vacaciones escolares y de esta manera puedan frecuentar con sus hermanos consanguíneos los niños LEIDYS PERALTA y EDUAR DURÁN. Asimismo, se ordena al equipo multidisciplinario de IDENA a realizar el seguimiento correspondiente. Líbrese oficio al IDENA, participándoles sobre la presente autorización y expídanse dos (2) copias certificadas de la misma.
La Jueza,
Abg. BELKIS MORALES DE RODRÍGUEZ La Secretaria,
Abg. LISBETH PÉREZ
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