REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 02 de Junio de 2017
207º y 158º

De una revisión exhaustiva del presente expediente se evidencia que en fecha 06/07/2015, esta Instancia Superior Agraria, dicto sentencia mediante la cual para la continuidad del Recurso de Apelación, en el Juicio de Reivindicación Agraria, que interpusiera los ciudadanos KAROLA DEL VALLE CAMPOS URBAEZ; KARELYS DEL VALLE CAMPOS URBAEZ; YELENA KARINA CAMPOS URBAEZ; KEILA DEL VALLE; Y CESAR JOAQUIN CAMPOS URBAEZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.007.797, V-11.012.156, V-11.012.107, V-13.453.799, respectivamente, y/o a su apoderada judicial Raquel Allen Velásquez, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nros V- 9.298.111, y matriculado en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el Nro. 62.449, (parte demandante), en contra de los ciudadanos ELSI DIAMARY CARVAJAL Y GERARD JEAN GOFINET, venezolanos, mayores de edad, y titulares de la cédula de identidad Nros V- 9.290.238, y V-9.459.024, respectivamente, (parte demandada), haciéndole saber que esta Instancia Superior Agraria, fijara por auto separado los lapsos establecidos en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, una vez conste en auto las notificaciones de las partes, todo motivado a que el presente recurso de apelación perdió estabilidad procesal, en vista de la supresión de la competencia agraria que se le hiciera al extinto Juzgado Superior Quinto Agrario de la Región Nor-Oriental, Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur-Oriental y a la formal instalación de esta Instancia Superior Agraria el 17/12/2013, por una parte, y por la otra, que no consta en autos la notificación de las partes de la referida sentencia, es por lo que este Juzgado, ordena la referida notificación de las partes.
La Jueza Provisoria,

YELITZA CHACIN SUBERO

La Secretaria,


CARMEN BELEN MARTINEZ LUNAR











Exp. 0371-2015.-
YCS/CBML/HumbertoC.-