REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 1° de junio de 2017
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentados por la parte interesada, ciudadana MERCEDES MARGARITA TORREALBA de ARZA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº 7.584.984; y domiciliada en urbanización La Ascensión, sector 3, vereda N° 29, casa N° 3, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y ciudadano ANGEL ALEJANDRO ARZA TORREALBA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 20.468.559; y domiciliado en urbanización La Ascensión, sector 3, vereda N° 29, casa N° 3, municipio San Felipe, estado Yaracuy; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano TORRES ROAS CARLOS ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 13.678.742; sobre unas bienhechurías descritas en la solicitud, construidas en un área de terreno propio según documento debidamente registrado bajo el N° 2015.681, AR2, Matriculado con el N° 462.20.4.1.3712, LFR-2015 de fecha 06/10/2015; y por información del Informe Técnico de Verificación de Inmueble, realizado por la Alcaldía del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, el área del terreno es de noventa metros cuadrados con noventa y tres centímetros cuadrados (90,93 Mts2) y un área de construcción de ciento sesenta y seis metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (166,40 Mts2); ubicado en la calle Padre Pineda, urbanización Obispo Alvarado, parcela N° 29, lote N° 2, municipio San Felipe, estado Yaracuy, la cual consiste en un (1) Town Hause dos (2) plantas, constituida por tres (3) habitaciones, tres (3) baños, un (1) vestier, sala, cocina, comedor, un (1) puesto de lavandería, un (1) puesto de estacionamiento techado, con piso de porcelanato, techos de platabanda, completamente cercada con paredes de bloques columnas de concreto, ventanas panorámicas, tanque subterráneo para almacenamiento de agua de 3 mil litros, alinderado de la siguiente manera: Norte: en línea de 11,10 mts colindante con el lote N° 1; Sur: en línea de 11,10 mts colindante con late N° 3; Este: en línea de 8,19 mts colindante con área común (calle de acceso), que es su frente; y Oeste: en línea de 8,19 mts colindante con parcela N° 27.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.-
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria,
Abg. Gloria González
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas, constante de trece (13) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. Gloria González