REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 13 de junio de 2017
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, ciudadanas: CONSUELO ZAMORA LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.477.195, domiciliada en la calle Nro 13, entre 3ra y 4ta Avenida, Municipio San Felipe del estado Yaracuy y LOIDA JOSEFINA PIÑA MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.906.526, domiciliada en la calle Nro 13 entre 3ra y 4ta Avenida, Municipio San Felipe del estado Yaracuy. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos AURORA ELENA MAYA MONTANO, PEDRO IGNACIO MAYA MONTANO, DIGNA ROSA MAYA MONTANO, CARROL INES JIMENEZ MAYA; sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propio, ubicado en la tercera Avenida, entre calles 12 y 13, ciudad de San Felipe, Jurisdicción del Municipio San Felipe del estado Yaracuy. Dichas bienhechurías constan de una CASA-QUINTA de dos (02) niveles, distribuida de la siguiente manera: PLANTA BAJA: entrada general, con estructura de concreto y pilares recubiertos de lajas y rejas metálicas, portón corredizo con puerta incorporada, piso recubierto de baldosas de cerámica, un (01) porche con puerta de madera, con su protector de hierro decorado, techo de platabanda, paredes de bloques frisadas y pintadas, piso revestido con baldosas de cerámica, una área conformada por una (01) sala – recibo, y una (01) sala – star, con techo de platabanda, paredes de bloques frisadas y pintadas, piso revestido con baldosas de cerámica, dos (02) dormitorios con sus respectivos closet de madera incorporados, dos (02) salas de baño, con todos sus accesorios, una (01) cocina totalmente empotrada con todos sus accesorios la cual identificamos con los números 1-1. Otra área con dos (02) dormitorios y dos (02) salas de baño con todos sus accesorios todo con techo de platabanda, paredes de bloque frisadas y pintadas, piso revestido con baldosas y cerámica, puertas de madera, ventanas metalicas con vidrio incorporado y todas las exteriores con sus respectivos protectores, la cual identificamos con los números 1-2 con un pasillo interior que divide las dos (02) aéreas, una (01) escalera interna, con piso revestido de baldosas, estructura metálica y pasamanos de madera, la cual conduce al piso superior y un (01) garaje con portón de hierro y piso de baldosas, con escalera exterior, con piso revestido de baldosas, estructura metálica y pasamanos de madera, que conduce al piso superior, y un (01) lavadero con estructura de concreto, techo de platabanda. PLANTA ALTA: un (01) apartamento grande, el cual identificamos con los números 2-1, compuesto de: sala, recibo, comedor, y una cocina empotrada, cuatro (04) dormitorios con sus respectivos closet de madera, dos (02) salas de baño con todos sus accesorios, con las siguientes características: techo de platabanda, piso recubierto con baldosas de cerámica, ventanas metálicas, con vidrio incorporado, tipo panorámicas, paredes de bloques frisadas y pintadas, las paredes exteriores de bloques decorativos de arcilla. Un (01) pasillo interno tipo sala de star con su lavadero, que divide los apartamentos. Un (01) apartamento mediano, el cual identificamos con los números 2-2, compuestos de sala-recibo-comedor y una cocina empotrada, dos (02) dormitorios con sus respectivos closet de madera, una (01) sala de baño con todos sus accesorios, con las siguientes características: techo de machihembrado con manto asfaltico, piso recubierto con baldosas de cerámica, ventanas metálicas con vidrio incorporado tipo panorámicas con sus respectivos protectores, las paredes de bloques frisadas y pintadas. Un (01) apartamento mediano, el cual identificamos con los números 2-3: compuesto de sala-recibo- comedor y una cocina empotrada, dos (02) dormitorios con sus respectivos closet de madera, una (01) sala de baño con todos sus accesorios, con las siguientes características: techo de machihembrado con manto asfaltico piso recubierto con baldosas de cerámica, ventanas metálicas con vidrio incorporado tipo panorámicas, con sus respectivos protectores, las paredes de bloques frisadas y pintadas; Cuya área de terreno propio es de CIENTO OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (188,50 Mts2) y un área total de construcción de CIENTO VEINTITRES METROS CUADRADOS CON TREINTA Y TRES CENTIMETROS (123,33 Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos según inspección: NORTE: Casa de Aurora de Zamora. SUR: Avenida 03. ESTE: Casa de Luis Tortolani. OESTE: Casa del ferrocarril nacional hoy de Carmen María Montano de Maya. El valor invertido es de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs.150.000.000,00). Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
EL Juez Provisorio, La Secretaria,

Abog. TRINO LA ROSA Abog. ERMILA RODRÍGUEZ En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de veintitrés (23) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,

Abog. ERMILA RODRÍGUEZ
Sol. N° 1527/LAGS.-