REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
En horas de despacho del día de hoy, 8 de junio de 2017, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.) fecha y hora fijada por este tribunal, para que tenga lugar la continuación de la AUDIENCIA PRELIMINAR según lo establecido en el primer aparte del artículo 868 del Código de Procedimiento Civil y anunciada como ha sido la misma, por el Alguacil del Tribunal, se procede a realizar en la presente acción de DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL), seguido por la ciudadana MARÍA LIDIA MONIZ de FERREIRA, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 11.645.495, asistida por el abogado JOSÉ LUIS OJEDA ESCOBAR, Inpreabogado Nro. 95.594, contra el ciudadano JOSÉ GREGORIO MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.646.962, en el expediente Nº 494 de la nomenclatura interna de este tribunal. Presente en la sala de este Tribunal el Juez Provisorio Abogado TRINO LA ROSA VAN DER DYS; la Secretaria Abogada ERMILA RODRÍGUEZ y el Alguacil MANUEL RICARDO PROAÑO, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.194.808; 13.094.551 y 12.079.301 respectivamente. Anunciado dicho acto en las puertas del Tribunal con las debidas formalidades de ley, El Tribunal deja constancia que se encuentran presentes en este acto la parte demandante, ciudadana MARÍA LIDIA MONIZ de FERREIRA, ya identificada y asistida por el abogado JOSÉ LUIS OJEDA ESCOBAR, Inpreabogado Nro. 95.594. Asimismo, se deja expresa constancia que se encuentra presente la parte demandada, ciudadano JOSÉ GREGORIO MARTÍNEZ, ya identificado y asistido por el abogado ROGER RENDÓN, Inpreabogado Nº 247.896. Asimismo, se deja constancia que se encuentra presente el ciudadano RICARDO FERREIRA MONIZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 15.966.516, en su carácter de integrante de la sucesión. En este estado el Tribunal deja expresa constancia que dichas partes de común y amistoso acuerdo procedieron a solicitar la reprogramaciòn de la audiencia fijada para el día de hoy, lo cual se acuerda de conformidad con el artículo 258 último aparte de la Carta Magna, referente a la utilización de los medios alternativos para la resolución de conflictos y en consecuencia, fija la misma para el día jueves 15 de junio de 2017 a las diez de la mañana (10:00 a.m.). Es todo. Termino, se leyó y conformes firman:
El Juez Provisorio,
Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
Parte demandante/Abogado asistente
Parte demandada/Abogado asistente
Integrante de la sucesión
El Alguacil
La Secretaria,
Abog. ERMILA RODRÍGUEZ