REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 29 de Junio de 2017
Años: 207° y 158°


Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como la documentación que la acompañan y las declaraciones de las testigos debidamente juramentadas y presentadas por la parte interesada, ciudadanas MAIRA ALEJANDRA ROJAS PEREZ venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nro. V-16.592.203 domiciliada en la Virgen en el sector 3, casa Nº 40 del Municipio Bruzual estado Yaracuy y NEREIDA JOSEFIONA ROJAS PEREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nro. V-17.427.324, domiciliada en el sector la Virgen casa Nº 38 del Municipio Bruzual del estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley conforme a lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano CHARLYS RAMON DURANT ESCALONA venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.725.981, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un lote de terreno Municipal que tiene una superficie de DOS MIL TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SEIS CENTIMETROS (2039,46Mtrs2) con un área de construcción de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS (120,00Mtrs2) ubicado en la calle 4 entre calle principal y terrenos agrícolas, sector las Palmas la Virgen, Chivacoa Municipio Bruzual estado Yaracuy; el cual consta de Un (01) local comercial con bases de concreto armado bloques con friso pulido, piso de cemento rustico, techo de platabanda con acceso de escalera para futura construcción en la parte alta, con sus respectivos servicios de aguas (blancas y negras) así como luz eléctrica. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Calle 4 que es su frente en 114,10 m SUR: Casa y solar que es o fue de Yolimar Suarez en 116,50 m; ESTE: Casa y solar que es o fue de Epifanio Corona en 41,70 m; OESTE: Terreno ocupado por la Familia Pichardo en 28,40 m; según se evidencia en el CERTIFICADO DE BIENHECHURIAS, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 03 de Mayo del año 2017. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Tribunal ACUERDA darle salida y devolver lo actuado al solicitante. Déjese constancia en el libro diario. Se le asignó el Nº 4363/2017.

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

El Secretario,

Abg. Edwin Godoy







Abg. EBA/EG/Yurianner.-