REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DIEZ (10) DE MARZO DEL AÑO 2.017.-


206º y 158º



Vista la anterior diligencia, suscrita por el ciudadano PEDRO ALEXANDER VELIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 19.257.458, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 177.856, y de este domicilio, este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa, le informa que en fecha Veintidós (22) de Julio del año 2.016 este Tribunal dicto auto ordenando librar cartel 223 CPC, siendo así; mal podría este Tribunal acordar su petición, por tal motivo se niega lo solicitado. Y así se decide.-




ABG. MARY ROSA VIVENES VIVENES
LA JUEZA PROVISORIA .-
EL SECRETARIO TEMPORAL.-
ABG.OMAR SALAZAR