REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
MATURIN, QUINCE (15) DE MARZO DEL 2.017.
206° y 158°
Vista la diligencia que antecede, debidamente suscrita por el Abogado en ejercicio CRUZ GUZMAN BAEZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 120.680, actuando con el carácter de Co- Apoderado Judicial de la Ciudadana CAROLINA BALIOUZ CHAOI, mediante la cual, solicita se paralice la comisión ordenada por este Tribunal en fecha 07 de marzo del presente año 2017, y que se oficie al Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a quien, en virtud de la distribución le toco la medida.-
Ahora bien, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre lo solicitado hace la siguiente observación:
En el Juez del amparo, la obligación de mantener el interés constitucional es primordial, ya que así como él va a proteger a las personas cuya situación jurídica le ha sido infringida o que estén amenazados de infracción sus derechos y garantías constitucionales, como tutor de la cobertura que la Constitución ofrece a las personas, dentro del proceso de amparo tiene que tratar de evitar que el mismo perjudique sin razón los derechos o garantías constitucionales del demandado como agraviante.-
El proceso de Amparo Constitucional se caracteriza por ser expedito, sin dilaciones, por ello, en el caso de que interponga recurso de apelación, el mismo se oirá en un solo efecto, y deberá procederse de manera inmediata a la ejecución de la sentencia y de las respectivas medidas dictadas en la misma, razón por la cual, este Tribunal niega lo solicitado por el Apoderado Judicial de la parte demandada, y así se decide.-

ABG. MARY ROSA VIVENES VIENES
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. OMAR JOSE SALAZAR
EL SECRETARIO TEMPORAL
Exp N° 34.086
Ely