TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VEROES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 23 de Marzo de 2017
Años: 206° y 158°
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, y practicada la inspección Judicial en fecha ocho (8) de Marzo de 2017, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos: WILLIANDER RAMÓN HIDALGO TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.574.139, hábil en derecho, domiciliado en el Sector Guaratibana, Municipio la trinidad Estado Yaracuy y AIDA MARIA OROPEZA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.914.714, hábil en derecho, domiciliada en el la calle principal diagonal a la escuela Sector Guaratibana, Municipio la trinidad Estado Yaracuy. En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 197 ordinal quince de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, del 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana AMARILYS ELENA TREJO HENRIQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.984.127 TITULO SUPLETORIO QUE SE DECRETA Sobre las bienhechurías ampliamente descritas en el acta de inspección Judicial efectuada por este Tribunal, construidas en un lote de terreno municipal, con una extensión de cinco mil doscientos treinta y un metros cuadrados (5.231 m2), ubicado en la calle principal, Sector Guaratibana, Municipio la trinidad Estado Yaracuy, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Finca Los Compadres; SUR: calle Principal; ESTE: calle Principal y OESTE: Finca Los Compadres. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena entregar al solicitante antes mencionado, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ SUPLENTE,
ABG. JESUS LEONARDO QUINTERO.
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS MUJICA
En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de sus folios útiles.
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS MUJICA
S-0766
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