REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 24 de Marzo de 2017.
AÑOS: 206º y 158º
ASUNTO: UP11-V-2016-000111
PARTE ACTORA: ciudadano. JOSE MUÑOZ ARENAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 24942395

PARTE DEMANDADA: ciudadana MARIA JOSE MADRIZ MADRIZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 24634936

TERCERO INDISOLUBLE: Ciudadano JOSE ANDRES TORREALBA LOYO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 24001019


MOTIVO: FILIACIÓN
En fecha 10 de Febrero de 2017, fue admitida la Demanda de FILIACIÓN, interpuesta por el ciudadano YOHAN ENRIQUE RIVAS MUÑOZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 16319689, en contra de la ciudadana MARIA JOSE MADRIZ MADRIZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 24634936 y del Ciudadano JOSE ANDRES TORREALBA LOYO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 24001019se ordeno notificar a los demandados y se libro edicto.
En fecha 21 de Diciembre de 2016 se fijo audiencia de sustanciación para el día 01 de Febrero de 2017, En fecha 06 de Febrero de 2017, mediante auto se difiere la clebracion de la audiencia de sustanciación inicial para el día 20/02/17 a las 9:30 am, por ultimo en fecha 21 de febrero del 2017 se fija audiencia para el día 24-03-2017 a las 9:30 am En la referida fecha se celebro la audiencia dejando constancia de la no comparecencia de la parte demandante, de la parte demandada y del tercero indisoluble,. En la referida fecha siendo el día y hora fijada para la audiencia de la fase de Sustanciación, se dejó constancia que los ciudadanos, YOHAN ENRIQUE RIVAS MUÑOZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 16319689, ciudadana MARIA JOSE MADRIZ MADRIZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 24634936 y Ciudadano JOSE ANDRES TORREALBA LOYO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 24001019, no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial. Por lo que se declara desierto el acto, por lo que el tribunal dictó el dispositivo oral, declarando terminado el presente asunto y ordenando el archivo del expediente.
Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:
El procedimiento de ordinario contencioso, previsto en el artículo 450 y siguientes de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, contempla una fase de mediación y una fase de sustanciación, con excepción para los casos de Adopción, Colocación Familiar, Colocación en Entidad de Atención y en los casos de Infracción a la protección debida, en los cuales no procede la mediación y se ordena realizar directamente la fase de sustanciación de la audiencia preliminar. Siendo el presente asunto se refiere a Filiación, se procedió a la celebración de la fase de la sustanciación, tal como lo establece el Artículo 471 ejusdem. Ahora bien, en la oportunidad de la realización de la audiencia de sustanciación, se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora y la incomparecencia de la parte demandada, por lo que se declaró desierto el acto, y considera esta Juzgadora, que no existen elementos de convicción suficientes para proseguirlo. En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devuélvase originales de los instrumentos presentados, déjese copia certificada de estos en el mismo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los veinticuatro (24) días del mes de Marzo de 2017. Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación.
La Jueza Temporal

Abg. ROSSMARY CEBALLOS La Secretaria,

Abg.

En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia y se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,

Abg.