REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.-

PUERTO ORDAZ, 21 DE MARZO DE 2017
AÑOS: 206º Y 158º

Vista la diligencia suscrita en fecha 16/03/2017, por la ciudadana YANITZA JOSEFINA DANIEL URBAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad bajo el Nro. V-8.886.667, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ciudadana YLVIA RODRIGUEZ AGUILERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 194.079, PARTE ACTORA en la presente causa de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGUROS Y DAÑOS Y PERJUICIOS que sigue en contra de la Sociedad Mercantil SEGUROS NUEVO MUNDO S.A., identificada plenamente en autos, en el presente expediente signado bajo el Nro. 11.498 (nomenclatura interna de este despacho judicial), mediante la cual solicita que este Juzgado fije nueva oportunidad para el nombramiento de expertos contables en la presente causa; en consecuencia y en aras de darle estricto cumplimiento a la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 14/11/2016, que en su dispositiva en la parte in fine del particular primero, ordenó efectuar experticia complementaria del fallo de conformidad con el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, para el “…cálculo de la actualización de lo que deba pagarse por la instalación de los repuestos que se hallen en poder de la demandada o el taller autorizado y los que deban adquirirse para completar la reparación…” y por no ser contrario a derecho dicho pedimento, este Tribunal FIJA A LAS DIEZ HORAS Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (10:30 A.M.), del QUINTO (5to) DIA de despacho siguiente a la presente fecha, para que tenga lugar el acto de NOMBRAMIENTO DE EXPERTOS CONTABLES, instándose a las partes a la comparecencia en la mencionada fecha de conformidad con lo dispuesto en los artículos 249 y 454 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase con lo ordenado.-


LA JUEZ,


ABG. ANA MERCEDES VALLEE


EL SECRETARIO,


ABG. WILLIAMS JOSE CARABALLO.

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

EL SECRETARIO,


ABG. WILLIAMS JOSE CARABALLO.

AMV/Wc/Alejandro.
Exp.11.498