REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 20 de marzo del 2.017.
Años: 206° y 157°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos: HILDA MARIBEL SANCHEZ CASTILLO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.767.191 y domiciliada Pablo Quemao calle san Miguel Municipio Veroes del Estado Yaracuy, GABRIELA CAROLINA MADDIA ACACIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-22.309.106 y domiciliada Pablo Quemao, Municipio Veroes del Estado Yaracuy, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponde al ciudadano: YOELVIS ALEXANDER FLORES DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-24.167.151, en su condiciones de hijo del causante RAFAEL JOSE FLORES, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-7.913.324, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
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LA JUEZ,
ABG. JOISIE J. JAMES PERAZA
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L., GÓNZALEZ A.
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L., GÓNZALEZ A.