REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 15 de marzo de 2017
Años: 206º y 158º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, las ciudadanas CHÁVEZ SOSA CARMEN YOLANDA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, domiciliada en la urbanización Santa Eduviges, sector Los Pozones, Los Chucos, casa N° 19915, Guama, municipio Sucre, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 7.559.392, y NUÑEZ NEIRA NOHEMI, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, domiciliada en el sector Los Chucos, calle Principal, frente a la Escuela Francisca Camacho, Guama, municipio Sucre, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 7.508.990, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano VELIZ HIPOLITO, quién era venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, casado; y titular de la cédula de identidad Nº 3.705.846; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos SOSA DE VELIZ AURA ROSA, VELIZ SOSA MIRIAN ALEXANDRA, VELIZ SOSA GABRIEL HIPOLITO, VELIZ SOSA GLENDYS ARIADNY, VELIZ SOSA AURA YUSMELIZ, VELIZ SOSA EDDIFER JOSUE y VELIZ SOSA ANA GABRIELA, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho; y titulares de la cédula de identidad N° 4.476.582, 12.083.467, 16.974.849, 18.302.545, 20.892.143 y 20.892.144 respectivamente, representada la solicitante, antes mencionada e identificada, por el abogado MARTÍNEZ MONTOYA JOSÉ GILBERTO, Inpreabogado N° 138.615. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a la solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.002-17 y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.
La Jueza Temporal,

Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria,

Abg. Gloria González

En la misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con las resultas de todo lo actuado, constante de veinte (22) folios útiles.
La Secretaria,

Abg. Gloria González