REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 8 de marzo de 2017
Años: 206º y 158º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, las ciudadanas NOHELIS JOSEFINA RIVAS NUÑES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.077.991 y domiciliada en la avenida José Joaquín Veroes, Tapia 1, Nº 28, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, y BERTA ALBARENGA DE MONTES DE OCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.573.044 y domiciliada en el barrio 12 de Octubre, vereda 2, casa s/n, Municipio San Felipe del estado Yaracuy; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones de TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana LESBIA LISBETH GONZÁLEZ RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.371.145, asistida del abogado ALBERT FRANK TOVAR PEÑA, Inpreabogado N° 230.012; la cual consiste en un área de terreno, siendo tenencia de INAVI, que mide aproximadamente DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS (252,10 MTS2), cuya área de construcción es de SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMETRO (77,34 MTS2), constante de tres (3) habitaciones, una (1) sala, una (1) cocina-comedor, un (1) baño, y un porche. En bloques de cemento de concreto, piso de cemento, techo de acerolit, instalaciones eléctricas y de cloacas, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida José Joaquín Veroes que es su frente con 11,90 metros; SUR: Casa y solar que es ó fue de Ana Chirinos / casa y solar que es ó fue de Aura Rosa Varga con 13,00 metros; ESTE: Casa y solar que es ó fue de María Duran con 20,25 metros; y OESTE: Casa y solar que es ó fue de Selina Silva con 20,25 metros.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguese a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.-
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria,
Abg. Gloria González
En la misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas, constante de ocho (8) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. Gloria González