REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 16 de marzo de 2017
Años: 206º y 158º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos LEÓN ISAURO DE LA CRUZ SANTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.463.325, domiciliado en calle La Mosca, Quinta Liria, Municipio San Felipe del estado Yaracuy y DANIELA ADRIANA LEDEZMA VIDAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.313.147, domiciliada en La Ciudadela Hugo Chávez, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos MARVYS THAYDEET RIVERO COVA, KATY DEL VALLE RIVERO COVA, PETTRY ALINSON RIVERO COVA, CARLOS ALEXANDER RIVERO GONZALEZ, MARIA CAROLINA RIVERO HURTADO, MARIA PATRICIA RIVERO HURTADO, PEDRO JESUS RIVERO FUENTES, CARLOS LUIS RIVERO FUENTES e ISBELIA JOSEFINA FUENTES DE RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.302.345, 7.915.311, 7.915.310, 6.767.091, 12.245.256, 13.856.093, 14.442.493, 18.759.859 y 3.953.702; respectivamente, del ciudadano PEDRO JESUS RIVERO MARCANO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.832.687. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,

Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,


Abog. ERMILA RODRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de treinta y siete (37) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,

Abog. ERMILA RODRIGUEZ
Sol. N° 1456/lags.-