REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 07 de marzo de 2017
Años: 206º y 158º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: LUIS ROBERTO ROMERO MILANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.862.029, domiciliado en La Ciudadela Hugo Chávez, Zona 06, edificio 06, Municipio San Felipe del estado Yaracuy y HENRRY ALEJANDRO RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.336.585, domiciliado en la Urbanización Santa Elena, Callejón Cascabel, Municipio Independencia del estado Yaracuy. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano LUIS EDUARDO HERNANDEZ BRICEÑO, sobre unas bienhechurías construidas en un área de Terreno propio, ubicado en Avenida Cedeño con Principal de San Rafael, Municipio Independencia del estado Yaracuy. Dichas bienhechurías constan de una casa de dos niveles con las siguientes características: paredes de bloques de concreto frisadas, columnas de concreto, piso de cemento, techo de concreto (platabanda), baños con todos sus accesorios, electricidad 220 voltios, posee servicios de agua blanca y aguas negras; Cuya área de terreno total es de OCHOCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES CENTIMETROS (880,43 Mtrs2) y un área total de construcción de QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (548,55 Mtrs2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terrenos ocupados. SUR: Calle Principal San Rafael. ESTE: Calle Argentina. OESTE: Avenida Cedeño. El valor invertido es de UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS (Bs. 1.238.280,30). Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio, La Secretaria,
Abog. TRINO LA ROSA Abog. ERMILA RODRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de catorce (14) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Sol. N° 1431/lags.- Abog. ERMILA RODRÍGUEZ