REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 15 de Marzo de 2017
Años: 206° y 157°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como la documentación que la acompañan y las declaraciones de las testigos debidamente juramentadas y presentadas por la parte interesada, ciudadanas: SANDY YUJANA PARRA BURGOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-13.985.885, domiciliada en la calle principal la redoma el Caliche casa Nº 901 del Municipio Bruzual Estado Yaracuy y ZULEIMA COROMOTO ALDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.593.002 domiciliada en la peñita avenida 14 esquina calle 2 en la ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual de Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley conforme a lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: WINSERBY MARIANA CASTILLO CAMERO, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-17.813.333 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurías que la solicitante dice poseer sobre una parcela de terreno Privado, que tiene una superficie de CIENTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS (176,72Mtrs2) en un área de construcción de CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES CENTIMETROS (58,93Mtrs2), ubicado en la Calle 1 entre avenidas 1 y 2 Comunidad Nueva Esperanza Chivacoa Municipio Bruzual estado Yaracuy; con las siguientes características: Unas (01) bienhechurías constituidas por bases y columnas de cemento, cabillas, piedra y arena, piso de cemento pulido, paredes de bloques de cemento, techo de acerolit, porche, cocina, sala comedor, baño, Un (01) corredor, deposito techado en acerolit, habitación, cercada en bloque de cemento y su frente en tela de alfajol. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y solar que es o fue de Leonardo Torrealba en 22,60 m. SUR: Casa y solar que es o fue de Miguel Torrealba en 15,30 m; ESTE: Calle 1 su frente en 10,50 m; OESTE: Terreno Privado en 10,50 m; según se evidencia en el CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 – 03 – 01 –01 – 116 – 10-13, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 04 de Noviembre del año 2016. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4282/2017.

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

El Secretario,

Abg. Edwin Godoy




Abg. EBA/EG/Yurianner.-