REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 22 de Marzo de 2017
Años: 206° y 157°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como la documentación que la acompañan y las declaraciones de los testigos debidamente juramentados y presentados por la parte interesada, ciudadanos OSWALDO REY LOZADA LOZADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-19.974.034, domiciliado en el sector la Libertad urbanización zazarivacoa del Municipio Bruzual estado Yaracuy y LUIS ALFREDO BARAZARTE MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-5.136.878 domiciliado en el barrio la Libertad primera calle entre 5 y 6 del Municipio Bruzual estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley conforme a lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: OCTAVIO ENRIQUE SIRA, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-7.582.727 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurías que el solicitante dice poseer sobre un área de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras “INTI”, que tiene una superficie de TRESCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMEROS (307,20Mtrs2) en un área de construcción de SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO CENTIMETROS (67,98Mtrs2), ubicado en la calle 3 entre Autopista Centro Occidental y Urbanización Zazarivacoa la Libertad, Chivacoa Municipio Bruzual estado Yaracuy; con las siguientes características: Unas (01) bienhechurías consistente en Una (01) casa de habitación con paredes de bloque de cemento con una altura de tres (03) metros, columnas de concreto armado, piso de cemento pulido, techo de platabanda, instalaciones eléctricas, instalaciones sanitarias, sistema de aguas servidas y aguas blancas, empotradas y en buenas condiciones de funcionamiento. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y solar de Gregoria Sánchez en 24,00 m. SUR: Casa que es o fue de Leida Alvarado y Vía de acceso común en 24,00 m; ESTE: Calle 3 que es su frente en 12,80 m; OESTE: Casa que es o fue de Eufracia Piña en 12,80 m; según se evidencia en el CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 – 03 – 01 –R01 – 110 – 01-16-00-01-01, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 03 de Marzo del año 2017. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado al solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4288/2017.
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
El Secretario,
Abg. Edwin Godoy
Abg. EBA/EG/Yurianner.-