REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE
LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 20 de Marzo de 2017
Años: 206° y 158°
Exp. Nº 2473-2017.-
(Titulo Supletorio)
Vista la solicitud formulada por los ciudadanos GLORIA COROMOTO SANCHEZ DE PAIVA y GERMAN HERBET PAIVA GONZALEZ, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos: MARIA TERESA DIAZ PETIT y RAFAEL RAMON MUJICA, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V-11.648.079 y V-6.701.682 respectivamente; este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos: GLORIA COROMOTO SANCHEZ DE PAIVA y GERMAN HERBET PAIVA GONZALEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.482.919 y V-4.971.503, respectivamente; sobre unas bienhechurías en un terreno de propiedad municipal, con una área de CUATROCIENTOS SIETE METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS (407,25Mts²), ubicado en la Carrera 03 entre Calles 02 y 03, Sector Centro I, Municipio Urachiche, Estado Yaracuy; alinderado así: NORTE: Carrera 3 que es su frente; SUR: Terreno y Bienhechuría que son ocupado por el ciudadano (a): Fulvio Rodríguez; ESTE: Terreno y Bienhechuría que son ocupado por el ciudadano (a): Julián Rodríguez; OESTE: Terreno y Bienhechuría que son ocupado por el ciudadano (a): Pedro Salcedo; que consisten en una casa de dos (02) plantas la cual está distribuida de la siguiente manera: la planta baja consta de un (01) salón de reuniones, con su barra y dos (02) baños, una (01) escalera de trece (13) peldaños que comunica con la planta alta, un (01) caney, una (01) piscina, un (01) garaje y un tanque de agua; la planta alta consta de cuatro (04) habitaciones, cuatro (04) baños, una (01) cocina, una (01) sala de recibo, un (01) lavadero, tres (03) balcones, (uno en el frente y dos en la parte trasera), con un área de construcción de CIENTO SETENTA Y SIETE METROS CON SESENTA Y CUATRO CENTÍMETROS CUADRADOS (177,64Mts²). Devuélvase original a los interesados a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Provisoria,
Abg. MARLYN EMILIA RODRIGUES PEREZ;
La Secretaria Accidental,
Abg. Anisbel A. Adjunta G.
En la misma fecha se devuelve constante de CATORCE (14) folios útiles.
La Secretaria Accidental,
Abg. Anisbel A. Adjunta G.
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