REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVAR.
PUERTO ORDAZ, 12 DE MAYO DE 2017
AÑOS. 207° Y 158°
COMPETENCIA CIVIL
Conforme está ordenado por auto de esta misma fecha en el Cuaderno Principal, se acuerda abrir el presente Cuaderno de Medidas, a los fines de proveer sobre las medidas solicitada en el escrito de fecha 23/03/2017, en el juicio de: DIVORCIO, incoado por la ciudadana: LUZ MARINA JIMENEZ ALEJANDRO, contra el ciudadano: MARCELO LEONARDO SUAREZ MESA.
Vista la solicitud de las medidas preventivas peticionada por la parte actora, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 191 Ordinal 3° del Código Civil en concordancia con el Artículo 156 Ordinal 2° Ejusdem, DECRETA:
PRIMERO: MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre el bien mueble constituido por un (01) vehículo con las siguientes características: MARCA: VENIRAUTO; MODELO: TURPIAL B, AÑO: 2011, COLOR: AZUL PLATA, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: HATCHBACK, USO: PARTICULAR, PLACAS: AFB27DA, SERIAL DE CARROCERIA: 8Y5480220BD001445, SERIAL DEL MOTOR: 3807080, a nombre del ciudadano MARCELO LEONARDO SUAREZ MESA, lo que se evidencia de Certificado de Origen, emanado por Veneirauto Industrias, C.A.
SEGUNDO: MEDIDA INNOMINADA DE INVENTARIO DE BIENES, a los fines de trasladarse y constituirse en la Urbanización Las Garzas, Manzana Nº 09, Casa Nº 20, Avenida Atlántico, Unare II, Municipio Caroní, Estado Bolívar, a realizar inventario de los bienes gananciales pertenecientes a la comunidad conyugal, para lo cual se ordena anexar Copia Certificada del Documento Privado consignado por la parte actora, el cual cursa en el folio 17 del Cuaderno Principal.
TERCERO: MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre el 50% de Prestaciones Sociales, Contractuales, Vacaciones, Utilidades, Caja de Ahorros, bonos de producción y cualquier otro beneficio derivados de la relación laboral que le corresponda percibir al ciudadano: MARCELO LEONARDO SUAREZ MESA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-12.475.145, en la Empresa HIDROBOLIVAR.
Para la materialización de las medidas anteriormente acordadas se comisiona al Juzgado distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito Judicial del Estado Bolívar. Líbrese Despacho y Oficio.
En relación a los oficios solicitados en los particulares Segundo y Tercero, el Tribunal ordena librar los mismos a los fines que remitan la documentación e información requerida. Líbrese Oficios.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JOSE SARACHE MARIN.
EL SECRETARIO.
ABG. JHONNY JOSE CEDEÑO.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO.
ABG JHONNY JOSE CEDEÑO.
Exp. 44.391
JSM/jjc/eloisa