REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y MARITIMO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, TREINTA Y UNO (31) DE MAYO DEL 2017.
AÑOS: 206° Y 157°
COMPETENCIA CIVIL.-

Visto el DESISTIMIENTO del procedimiento del presente juicio de: DAÑOS Y PERJUICIOS, contenido en la diligencia de fecha 25 de mayo del presente año, suscrita por el ciudadano: EMILIO JESÚS RODRÍGUEZ BELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-648.492 y de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio HORVER QUINTERO, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el IPSA bajo el Nº 92.709 y de este domicilio - PARTE ACTORA, en contra de los ciudadanos: JOSÉ ANDRÉS DELGADO PEREZ, PEDRO BAUTISTA GARCIA MARIN y JOSÉ GREGORIO GARCÍA RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.994.532, V-10.931.533 y V-11.997.151 respectivamente y de este domicilio, PARTE DEMANDADA; y no siendo contraria a derecho este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y MARITIMO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 26, 40 ordinal 1ro, 253, 257 de la Constitución Nacional, y el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación, y HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes, y así se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley.-

El Tribunal conforme a lo solicitado por la parte actora en la anterior diligencia que contiene el referido Desistimiento, acuerda la devolución de los documentos originales que fueron consignados en el expediente signado con el N° 43.895-15, previa su certificación en autos.-
EL JUEZ PROVISORIO,


ABG. JOSÉ SARACHE MARÍN
EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO
Publicada en el día de su fecha, previo anuncio de ley, siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.).
EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO



JSM/jc/**a
EXP. Nº 43.895-15