REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar

ASUNTO: FP02-V-2015-000902


En fecha 28 de septiembre de 2015 fue recibida por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos y en esa misma fecha fue recibida por ante este Tribunal, demanda por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito intentada por el ciudadano Carlos Alberto Romero Manriquez, venezolano, mayor de edad, con cédula de Identidad N° V- 11.730.274 y debidamente asistido por el ciudadano José Alexander Akle, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro 125.615 y de este domicilio contra el ciudadano Alexander De Jesús Bacaro Almeida, Jhon Winston Hunt y la empresa Aseguradora Sefider R.L. Cooperativa de Seguros de Vehículos en la persona de su representante legal ciudadano Henry Arnaldo Uribe Briceño. El Tribunal ordenó darle entrada y en fecha 15 de octubre del 2.015 se admitió cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición alguna de la Ley. Ordenándose el emplazamiento de los ciudadano Alexander De Jesús Bacaro Almeida, Jhon Winston Hunt y la empresa Aseguradora Sefider R.L. Cooperativa de Seguros de Vehículos en la persona de su representante legal ciudadano Henry Arnaldo Uribe Briceño

Dice el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil que: “TODA INSTANCIA SE EXTINGUE POR EL TRANSCURSO DE UN AÑO SIN HABERSE EJECUTADO NINGUN ACTO DE PROCEDIMIENTO POR LAS PARTES”.-

Desde el día 16 de enero del 2016, fecha en la cual el coapoderado judicial abogado Egrey Prieto Cudermo, consignó la publicación del cartel de citación librado en fecha 16/12/15, no consta que se haya realizado posteriormente acto alguno de procedimiento para interrumpir la perención de la instancia, la cual se ha producido por el transcurso del tiempo señalado en la disposición legal que se ha transcrito en el encabezamiento de esta decisión.-

Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente juicio por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el Tribunal.-
Se ordena notificar a la parte actora y la devolución de los originales previa certificación en auto.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia de este Tribunal, en Ciudad Bolívar, a los 10 días del mes de mayo del dos mil diecisiete.- Años: 206° de la Independencia y 158° de la Federación.-
El Juez,
Ab. Manuel A. Cortés B.- La Secretaria,
Ab. Soraya Charboné.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia y se cumplió con lo ordenado, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.) La Secretaria,
Ab. Soraya Charboné

SACHP/SCH/indira.
Resolución Nº PJ0192017000127