REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, doce de mayo de dos mil diecisiete
207º Y 158º

RESOLUCIÓN Nº. PJ0192017000131
ASUNTO Nº. FP02-V-2017-000259

Visto el desistimiento del procedimiento hecho en diligencia de fecha once (11) de mayo de 2017 (riela en folio 35), por el ciudadano Eddi González, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 72.759 de este domicilio, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el juicio acción reivindicatoria incoado en contra de José Rafael Martínez Valera, Rosmery Del Valle Martínez Fuentes y Luís Javier Mendoza Martínez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 3.503.628, 14.786.347 y 11.173.051 de este domicilio, el Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, y por cuanto el mencionado apoderado esta facultado para desistir dá por consumado el acto y procede, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley a HOMOLOGAR como en efecto lo hace, como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se ordena la devolución de originales previa su certificación en autos. En consecuencia, ordena dar por terminado las presentes actuaciones por auto separado una vez cumplido el lapso correspondiente establecido en la Ley. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,



Abg. Manuel Alfredo Cortes.- La Secretaria,


Abg. Soraya Charbone.-


MAC/SCH/víctor.-