REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 19 de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: FH02-X-2017-000016
Vista la solicitud de medida complementaria presentada por el abogado Leonardo Rangel, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 107.300, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Rosario Belisario de Veleda, en el capítulo III de conformidad con la parte final del artículo 191 del Código Civil se ordena solicitar información a la Superintendencia de la actividad bancaria sobre los particulares mencionados en dicho capitulo.
De conformidad con el artículo 191.3 del código civil se decreta el embargo de 2000 acciones que pertenecen al demandado en la sociedad mercantil “Flash F.M C.A”. Líbrese despacho y oficios.
El Juez,
Abg. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.-
En esta misma fecha se libraron despachos y oficios.-
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.-
Resolución: Nº PJ01920171000148
MAC/SCH/josmedith