REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PIAR Y PADRE PEDRO CHIEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
JURISDICCIÓN CIVIL
SOLICITANTE (s): La Ciudadana: AURORA DEL VALLE RENDÓN DE MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro: V-2.172.272, de este domicilio, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos los ciudadanos: CARLOS JOSÉ MARTÍNEZ RENDÓN, RICARDO MANUEL MARTÍNEZ RENDÓN, DILCIA DEL VALLE MARTÍNEZ RENDÓN, XIOMARA JOSEFINA MARTÍNEZ RENDÓN, JAVIER ALEXANDER MARTÍNEZ RENDÓN y ORLANDO DE JESÚS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidades Nros: V-3.899.136, V-3.899.582, V-8.540.253, V-8.543.034, V-10.551.634 y V-9.904.415 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, asistida por el Ciudadano: Antonio de Jesús Olivero, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 191.028, de este domicilio.-
MOTIVO: SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS CARLOS MANUEL MARTÍNEZ.
EXPEDIENTE: 14.637-17.-
I
DE LA SOLICITUD Y SU TRAMITACIÓN
Vista la anterior Solicitud de Únicos y Universales Herederos y sus anexos, presentada en fecha: Cuatro (04) de Abril de Dos Mil Diecisiete (2017), por la Ciudadana: AURORA DEL VALLE RENDÓN DE MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro: V-2.172.272, de este domicilio, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos los ciudadanos: CARLOS JOSÉ MARTÍNEZ RENDÓN, RICARDO MANUEL MARTÍNEZ RENDÓN, DILCIA DEL VALLE MARTÍNEZ RENDÓN, XIOMARA JOSEFINA MARTÍNEZ RENDÓN, JAVIER ALEXANDER MARTÍNEZ RENDÓN y ORLANDO DE JESÚS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidades Nros: V-3.899.136, V-3.899.582, V-8.540.253, V-8.543.034, V-10.551.634 y V-9.904.415 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, asistida por el Ciudadano: Antonio de Jesús Olivero, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 191.028, de este domicilio.-
En fecha: Siete (07) de Abril del Dos mil Diecisiete (2.017), se le dio entrada, ordenándose su anotación en el Libro de Registro de Solicitudes respectivo, quedando anotado bajo el Nº: 14.637-17.-
Este Tribunal procede a pronunciarse previa las consideraciones siguientes:
Del escrito de la solicitud presentada, se desprende que en fecha: Diecinueve (19) de Diciembre del año Dos Mil Dieciséis (2016), falleció el Ciudadano: CARLOS MANUEL MARTÍNEZ, quien era de nacionalidad venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº: V-1.945.415, a consecuencia de: INSUFICIENCIA CARDIO RESPIRATORIO, INSUFICIENCIA RENAL AGUDA, tal y como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Piar, Estado Bolívar, que corre inserta bajo el Nº 46, llevados por ese Despacho durante el año 2016. Solicitan se nombre como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: AURORA DEL VALLE RENDÓN DE MARTÍNEZ, CARLOS JOSÉ MARTÍNEZ RENDÓN, RICARDO MANUEL MARTÍNEZ RENDÓN, DILCIA DEL VALLE MARTÍNEZ RENDÓN, XIOMARA JOSEFINA MARTÍNEZ RENDÓN, JAVIER ALEXANDER MARTÍNEZ RENDÓN y ORLANDO DE JESÚS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidades Nros: V-2.172.272, V-3.899.136, V-3.899.582, V-8.540.253, V-8.543.034, V-10.551.634 y V-9.904.415, respectivamente, en su condición de esposa e hijos del prenombrado De Cujus.-
Ahora bien, analizada la Copia Certificada del Acta de Defunción del De Cujus CARLOS MANUEL MARTÍNEZ, que riela al folio Cuatro (4). Así como la Copia Certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos Carlos Manuel Martínez y Aurora Del Valle Rendón de Martínez y Copias Certificadas de las Partidas de Nacimientos de los Ciudadanos: CARLOS JOSÉ MARTÍNEZ RENDÓN, RICARDO MANUEL MARTÍNEZ RENDÓN, DILCIA DEL VALLE MARTÍNEZ RENDÓN, XIOMARA JOSEFINA MARTÍNEZ RENDÓN, JAVIER ALEXANDER MARTÍNEZ RENDÓN y ORLANDO DE JESÚS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, la cual demuestra a este Tribunal el vínculo alegado, es decir, esposa e hijos con respecto al De Cujus CARLOS MANUEL MARTÍNEZ.-
Asimismo en fecha: Veintisiete (27) de Abril del 2017, fueron evacuados los testigos promovidos por la parte interesada todo de conformidad con el Artículo 508 del código de Procedimiento Civil.-
II
DECISIÓN
Por todas las consideraciones y motivos anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PIAR Y PADRE PEDRO CHIEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus CARLOS MANUEL MARTÍNEZ, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº: V-1.945.415, fallecido en Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, en fecha: Diecinueve (19) de Diciembre del año Dos Mil Dieciséis (2016), a su esposa AURORA DEL VALLE RENDÓN DE MARTÍNEZ y sus hijos: CARLOS JOSÉ MARTÍNEZ RENDÓN, RICARDO MANUEL MARTÍNEZ RENDÓN, DILCIA DEL VALLE MARTÍNEZ RENDÓN, XIOMARA JOSEFINA MARTÍNEZ RENDÓN, JAVIER ALEXANDER MARTÍNEZ RENDÓN y ORLANDO DE JESÚS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ; ya identificados. Así se decide expresamente.
Expídase por Secretaría, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Copia Certificada de las presentes actuaciones a los solicitantes y así mismo; previa su certificación en autos, devuélvanse los originales y copias certificadas de los instrumentos acompañados con la solicitud.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN EN EL TRIBUNAL.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PIAR Y PADRE PEDRO CHIEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, A LOS DOS (02) DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE (2.017). AÑOS: 207º DE LA INDEPENDENCIA Y 158º DE LA FEDERACIÓN.-
EL JUEZ TEMP,
___________________________________
ABG. JESSE ISAAC TIRADO VARGAS.-
LA SECRETARIA TEMP,
___________________________________
Abg. BELKIS YANET JIMÉNEZ.-
Publicada en el mismo día de su fecha, previo anuncio de Ley, siendo las dos horas y veinte minutos de la tarde (2:20 p.m.).-
LA SECRETARIA TEMP,
____________________________
Abg. BELKIS YANET JIMÉNEZ.-
EXP. Nº 14.637-17.-
|