REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 22 de mayo de 2017
Años: 207º y 158º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos REINALDO RAFAEL GUAYUCURAMA ESQUEA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 12.864.592; y domiciliado en avenida Trinidad Figueira con canal sin número, Las Tapias, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y RONALD JESUS GUAYUCURAMA ESQUEA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 14.566.822; y domiciliado en avenida José Joaquín Veroes, casa N° 19, Las Tapias, municipio San Felipe, estado Yaracuy, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana EDILIA MARGARITA SANCHEZ de GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° 5.423.109; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas en un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra Urbanas (INTU), que según Informe de Inspección e Información de Linderos, realizado por el Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda. Instituto Nacional de Tierras Urbanas. Gerencia Estadal Yaracuy, mide doscientos cincuenta y tres metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (253,40 M2) y un área de construcción de una (1) vivienda, construida con paredes de bloque de cemento frisado todo, piso de cemento pulido, que mide noventa y ocho metros cuadrados con ochenta y ocho centímetros cuadrados (92,88 M2) ubicada en urbanización Las Tapias, Sector 1, calle 15 (calle de servicio) con vereda 02 (calle El Nazareno), casa sin número, municipio San Felipe, estado Yaracuy, distribuida en cuatro (4) dormitorios todos con puertas de hierro, un (1) baño, un (1) comedor, una (1) cocina, una (1) sala-recibo y un (1) porche. Alinderada de la siguiente manera: Norte: con vereda 02 (vereda El Nazareno), lateral; Sur: casa y terreno de Reina Colmenarez, lateral; Este: calle 15 (calle de servicio) y carretera vía La Marroquina, su frente; y Oeste: casa y terreno de Siria de Alvarado, su fondo.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Temporal,


Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria,


Abg. Gloria González



En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas, constante de nueve (9) folios útiles.

La Secretaria,


Abg. Gloria González