REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 04 de mayo de 2017
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud que dió comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de las testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadanas FRANCIS YANETH SILVA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.317.056; domiciliada en San Gerónimo, calle 15, casa Nº 15, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy, y LILIANA MERCEDES GIL BADEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.278.524; domiciliada en la Avenida 11 entre calles 8 y 9, Casa Nº 8-14, Sector Zumuco I, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano CELESTINO DONATO JARAMILLO ALVARADO, quien era venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V-1.481.460; suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a la ciudadana GINGER COROMOTO ALMEIDA DE JARAMILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.568.567; y los ciudadanos YDALMIS RAZZIDE JARAMILLO HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.909.301; GILBERT CELESTINO JARAMILLO ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.271.471 y LILIANA CELESTE DEL VALLE JARAMILLO ALMEIDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.284.142. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones que forman la solicitud N° 4.045/17, al solicitante y déjese copia en el archivo del tribunal.
Juez Temporal,
Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria,
Abg. Gloria González.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de dieciocho (18) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Gloria González