REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 16 de mayo de 2017
Años 207° y 158°
SOLICITUD Nº 1506
SOLICITANTE
Ciudadana ISABEL TIBISAY ROLDAN RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.209.927.
ABOGADO ASISTENTE
Abog. FRANCISCO JAVIER HERRERA PAEZ,
Inpreabogado N° 187.343
MOTIVO
INSPECCIÓN JUDICIAL
Recibida en este Juzgado por distribución la presente solicitud de Inspección Judicial, suscrita y presentada por la ciudadana ISABEL TIBISAY ROLDAN RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.209.927, asistida por el abogado FRANCISCO JAVIER HERRERA PAEZ, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 187.343, en fecha 09 de mayo de 2017; asignándosele el Nº 1506.
Ahora bien, es el caso que la ciudadana ISABEL TIBISAY ROLDAN RIVERO, ya identificada, solicitó el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de una Inspección Judicial de conformidad con lo establecido en el artículo 472 del Código de Procedimiento Civil en la Sede del Hospital Central Dr. Placido Daniel Rodríguez Rivero de San Felipe del estado Yaracuy, con el objeto de dejar constancia de los particulares que específicamente señala en el referido escrito.
La solicitud fue admitida por auto de fecha 10 de mayo de 2017, ordenándose fijar un lapso de tres (3) días de despacho siguientes a esa fecha, a fin que la solicitante manifestare la cualidad con la que actúa, información ésta fundamental para la tramitación de la misma.
Al respecto, este Tribunal una vez verificadas las actas que conforman el presente expediente observa que habiendo transcurrido dicha lapso, sin que la parte proporcionare al Tribunal lo requerido; es por lo que este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, ordena NO PRACTICAR la INSPECCIÓN JUDICIAL solicitada por la ciudadana ISABEL TIBISAY ROLDAN RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.209.927 de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dado, firmado y sellado en la Sala de este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, a los 16 días del mes de mayo de 2017. Años: 207º y 158º.
El Juez Provisorio,
Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria
Abog. ERMILA RODRÍGUEZ
En esta misma fecha y siendo las 11:00 a.m. se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretaria,
Abog. ERMILA RODRÍGUEZ
TLRV/kb.-
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