REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 18 de Mayo de 2.017
Años: 207° y 157°
Vista y revisada la presente causa de Obligación de Manutención signada bajo el Nº 1446/2009 introducida por la ciudadana WENDY KARIU RODRIGUEZ LOPEZ, Titular de la cedula de identidad Nº 16.973.283 en beneficio de su hija (Identidad Omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente), quien tenía 9 años de edad, contra su padre el ciudadano ANGEL ENRIQUE LOAIZA GOMEZ, por cuanto este Tribunal observa que desde la fecha 18 de Mayo de 2009 fecha en que se admitió la solicitud, como consta al folio 5, y visto que ni la demandante ni el demandado han dado impulso procesal a la causa desde la fecha 12 de Junio de 2009, por no existir otra actuación que realizar en consecuencia este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ACUERDA: CERRAR EL PRESENTE EXPEDIENTE DE OBLIGACION DE MANUTENCION, archivarlo, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial para su guarda y custodia.
El Juez,
La Secretaria Acc,
Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA
Abg. Jacqueline Ovispo
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, en el auto que antecede.
La Secretaria Acc,
Abg. Jacqueline Ovispo
EBA/jo/klency.-
EXP Nº 1446/2009