República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, Dos (02) de Noviembre de 2017.
207° y 158°
ASUNTO: UP11-L-2016-000234.-
DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS
Estando dentro del lapso procesal para el pronunciamiento respecto de la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal a tenor de lo dispuesto en los artículos 69, 72 y 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo lo hace de la siguiente manera:
PARTE DEMANDANTE:
En cuanto a las pruebas documentales referentes a: recibos de pago BONO DE ALIMENTACION, marcados “A”, “A1”, “A2”, “A3”, “A4” y “A5” (Folios 71 al 76); documento identificado como SUMINISTRO DE ALIMENTOS de fecha 12/02/2010, marcado “B”, (Folio 77), documento identificado como SOLICITUD DE APERTURA DE CUENTA EN EL BANCO FONDO COMUN, marcado “C”, (Folio 78), documento identificado como REGISTRO DE MADRE INTEGRAL, marcado “D”, (Folio 79), documentos identificados como OFICIOS DE NOTIFICACIONREMITIDOS POR EL SENIFA de fechas 21/05/2009 y 26/06/2009, marcados “E” y “E1, (Folios 80 y 81), este Tribunal las ADMITE salvo su apreciación en la sentencia definitiva, ello por no resultar su promoción manifiestamente ilegal o impertinente en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PARTE DEMANDADA:
En cuanto a las pruebas documentales promovidas y relacionadas con: Gaceta Oficial Nº 35.552 de fecha 22 de septiembre de 1994, marcada “A”, (Folios 83 -86), informe realizado por la jefa (E) de la unidad de presupuesto del SENIFA, marcado “B”, constancia de fecha 12 de mayo 2017 y oficio Nº RRHH-046-17 de fecha 12 de mayo 2017, dos CDS contentivos de las nominas digitalizadas de ingresos de los años 2007 al 2014 y la data del personal egresado del SENIFA al 31-12-2015, marcados C y D”, (Folios 90 -92), este Tribunal las ADMITE salvo su apreciación en la definitiva, ello por no resultar su promoción manifiestamente ilegal o impertinente en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
El Juez;
Abg. Carlos Manuel Fuentes Garrido
La Secretaria;
Yanitza Sánchez
ASUNTO: UP11-L-2016-000234
Pieza Única
CMF/LC/YS**
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