REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 7 de noviembre de 2017.
AÑOS: 207º y 158º
ASUNTO: UP11-J-2015-001007
SOLICITANTE: Ciudadana LISBETH ISABEL FUENTES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 7.908.695.
MOTIVO: TUTELA
En fecha 28 de mayo de 2015, se admitió la demanda de TUTELA interpuesta por la ciudadana LISBETH ISABEL FUENTES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 7.908.695, a favor del joven adulto DIOGENES ALBERTO FUENTES, quien padece de de síndrome DOWN, titular de la cédula de identidad N° 10.370.281. En fecha 29 de junio de 2016, se dejó constancia del fallecimiento del adulto DIOGENES ALBERTO FUENTES y fue consignada copia del acta de defunción.
Después de la revisión de las actuaciones que conforman al presente expediente, este Tribunal observa lo siguiente:
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establece las causales de perención, en el presente caso, se desprende que ha ocurrido la causal contemplada en el ordinal 3°, por lo que habiendo fallecido la persona a quien se pretendía tutelar, y no habiéndose citados a los herederos en el lapso de ley, es por lo que este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, relativa al procedimiento de TUTELA interpuesta por la ciudadana LISBETH ISABEL FUENTES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 7.908.695, a favor del joven adulto DIOGENES ALBERTO FUENTES, quien padece de de síndrome DOWN, titular de la cédula de identidad N° 10.370.281, por lo que se ordena el archivo del expediente, así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Se acuerda la devolución de los documentos originales a la parte actora.
Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los siete (7) días del mes de noviembre de 2017. Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
La Jueza,
Abg. BELKIS MORALES DE RODRÍGUEZ La Secretaria,
Abg. LISBETH PÉREZ
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia siendo las 12:31 p.m. y se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. LISBETH PÉREZ
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