REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 30 de noviembre del 2.017
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de las testigos hábiles presentadas por la parte interesada, ciudadana SALAS MELEAN ARACELIS MAYGUALIDA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-12.280.910, domiciliada en la avenida 4 entre calles 3 y 4, El Naranjal, sector El Paují, municipio San Felipe, estado Yaracuy y la ciudadana ORTEGA SAAVEDRA CARMEN VICTORIA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-8.518.895, domiciliada en la avenida 4 entre calles 3 y 4, El Naranjal, sector El Paují, municipio San Felipe, estado Yaracuy, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano MORA SÁNCHEZ JUAN CARLOS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.618.080, debidamente asistido por la abogada ROJAS HENRIQUEZ CARMEN PASTORA, Inpreabogado N° 224.934; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), que mide CIENTO NOVENTA Y OCHO CON NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (198,97 mts2) y un área de construcción de OCHENTA Y CINCO CON TREINTA METROS CUADRADOS (85,30 mts2), ubicadas en el sector El Naranjal del Paují, avenida 04 entre calles 03 y 04, parroquia San Javier-Marín, municipio San Felipe, estado Yaracuy, las cuales consisten en dos (02) habitaciones, una (01) sala, cocina-comedor, dos (02) baños, sala tipo star; y alinderadas de la siguiente manera: NORTE: avenida 04 que es su frente, con 10,10 ML; SUR: solar y casa que es o fue de Jennifer Montes, con 10,10 ML; ESTE: solar y casa que es o fue de Iris Morales, con 19,40 ML y OESTE: casa y solar que es o fue de Iris Castillo, con 20,00 ML. Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria Temporal,
Abg. Mayairy Rangel
En la misma fecha, se devuelve original con sus resultas, constante de nueve (09) folios útiles.
La Secretaria Temporal,
Abg. Mayairy Rangel