REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 27 de noviembre de 2017
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, ciudadanas ANA MARIA RONDON GARRIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.510.539, domiciliada en la Urbanización Fundación Mendoza, calle Nro. 03, Municipio San Felipe del estado Yaracuy y DAFNE ROSA LUCAMBIO DE MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.553.555, domiciliada en el Sector Banco Obrero, edificio Yaracuy, Torre B, Apartamento 4-B, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos ANA MIOSOTIS ORTEGA DE CADILHE Y ALVARO CADILHE ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.031.284 y 16.297.997; respectivamente, del ciudadano ALVARO CADILHE VIANEZ, quien era extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-81.612.858. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,
Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,
Abog. ERMILA RODRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de trece (13) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abog. ERMILA RODRIGUEZ
Sol. N° 1664/lags.-