REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 07 de noviembre de 2.017
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos MANUEL FELIPE BRAVO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.518.385, domiciliado en las Tapias, Sector II, calle José Joaquín Veroes con 19 de Abril, casa S/N, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy y ADOLFA AIDA MORENO DE HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.519.846, domiciliada en Cocorote, Sector Barrio Centro, Calle Nº 8, Casa Nº 2, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy, sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, este Juzgado Tercero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos YOLANDA PARRA DE BELLO, OSMEL REINARDO BELLO PARRA, OSWALDO FROILAN BELLO PARRA, YOSELYN MARIA BELLO PARRA Y ORANGEL BELLO PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-3.791.681, V-11.277.644, V-12.280.231, V-10.861.436 Y V-10.855.567, respectivamente, del ciudadano FROILAN JOSE BELLO TERIUS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-517.528. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,
Abg. ERMILA RODRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de catorce (14) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. ERMILA RODRIGUEZ
Exp. Solicitud. 1631/ kb.