REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.






República Bolivariana de Venezuela
En Su Nombre
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio
Bruzual La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy

Chivacoa: lunes 13 de noviembre del año Dos Mil Diecisiete
AÑOS: 207º y 158º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentadas por la ciudadana por la ciudadana YAQUELIN ANDREINA ABDER RAHMAN PEREZ, quien es venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, portadora de la Cédula de Identidad Nº. V-12.727.733 y de este domicilio, debidamente asistida en este acto por la Abogada KAROL ANDRINA CALVETTE GUTIERREZ, quien está inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°147.160, en el cual solicitó el Titulo Supletorio sobre unas bienhechurías ubicadas en la avenida 7 entre calles 11 y 11, comunidad centro Chivacoa Municipio Bruzual estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. Las referidas bienhechurías poseen un área de construcción de trescientos veintiún metros cuadrados con veinticinco centímetros (321,25 M²), están alinderadas de la siguiente manera: Norte: Casa que es o fue de Rosa María López, con una longitud de doce metros con cincuenta centímetros (12,50 M); Sur: Avenida 7 su frente con una longitud de doce metros con cincuenta centímetros (12,50 M); Este: Casa que es o fue de José Ali Yatbouh, con una longitud de veinticinco metros con setenta centímetros (25,70 M) y Oeste: Comandancia de Policía, con una longitud de veinticinco metros con setenta centímetros (25,70 M), y están construidas sobre un área de terreno que mide quinientos un metros cuadrados con cuarenta y tres centímetros (501,43 M²) propiedad del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. El cual ha construido mejoras sobre las bienhechurías consistentes en: Un (01) local comercial y Dos (02) apartamentos con las siguientes características; Planta Baja Un (01) local comercial, con un área de terreno de cientos diez metros cuadrados con ochenta y cuatro centímetros (110.84 M2) y cuyos linderos son Norte: Con área de estacionamiento, con una longitud de ocho metros con quince centímetros (8,15 M); Sur: Avenida 7 su frente con una longitud de ocho metros con quince centímetros (8,15 M); Este: Casa que es o fue de José Ali Yatbouh, con una longitud de trece metros con sesenta centímetros (13,60 M) y Oeste: Áreas común entrada a el estacionamiento, con una longitud de trece metros con sesenta centímetros (13,60 M), Primer piso Un (01) apartamento, con un área de construcción de ciento sesenta y cinco metros cuadrados con ochenta y un centímetros (165.81m2) y cuyos linderos son Norte: Con vista a area de estacionamiento, con una longitud de doce metros con cincuenta centímetros (12,50 M); Sur: Con vista a la Avenida 7 su frente con una longitud de doce metros con cincuenta centímetros (12,50 M); Este: Con vista a casa que es o fue de José Ali Yatbouh, con una longitud de trece metros con sesenta centímetros (13,60 M) y Oeste: Con vista a comandancia de Policía, con una longitud de trece metros con sesenta centímetros (13,60 M). Segundo piso Un (01) apartamento, con un área de construcción de ciento sesenta y cinco metros cuadrados con ochenta y un centímetros (165.81m2) y cuyos linderos son Norte: Con vista a área de estacionamiento, con una longitud de doce metros con cincuenta centímetros (12,50 M); Sur: Con vista a la Avenida 7 su frente con una longitud de doce metros con cincuenta centímetros (12,50 M); Este: Con vista a casa que es o fue de José Ali Yatbouh, con una longitud de trece metros con sesenta centímetros (13,60 M) y Oeste: Con vista a comandancia de Policía, con una longitud de trece metros con sesenta centímetros (13,60 M). Se admitió la solicitud en fecha viernes, tres (03) de Noviembre del año 2017. En fecha Lunes, trece (13) de Noviembre de 2017 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos NELSON ISAHI TORRES PEREZ y LUIS RAFAEL CANELON VIZCAYA, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-19.198.517 y V-5.003.255 respectivamente y domiciliados (El Primero) en la avenida 5 entre calles 24 sector Peguaima en la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y (El segundo) en final de la calle 13 con avenida 1, sector Guatanquire en la de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este juzgador a favor de su promovente, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN sobre las bienhechurías descritas en el presente fallo, a favor de la ciudadana YAQUELIN ANDREINA ABDER RAHMAN PEREZ, antes identificada, quien estuvo asistida en la presente solicitud por la Abogada KAROL ANDRINA CALVETTE GUTIERREZ, ya identificada, dejándose a salvo los derechos de terceros. Queda excluida expresamente la propiedad del terreno sobre el cual están construidas las bienhechurías antes descritas, por no ser propiedad de la solicitante. Así se decide.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, y una vez cumplido este requisito, devuélvase original del presente expediente a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los trece (13) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
El Juez Temporal,
El Secretario
Abg. Fidel Alexander Figueroa J.
Abg. Edwin Godoy.
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las tres de la tarde (03:00 Pm) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,


Abg. Edwin Godoy.
Abg. FF/EG/Yurianner.
Exp N° 4479/17