REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 05 de Octubre de 2017
207° y 158º
ACTA
N° de Expediente: NP11-L-2017-000499
PARTE ACTORA: YULIVER MARIA CANOBA PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 15.212.714
ABOGADO ASISTENTE: JOSE LUIS ABREU, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 124.543-
PARTE DEMANDADA: SIGO VENEZUELA, S.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: KARELYS CHACON, inscrita en el IPSA bajo el No. 101.328.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES E INDEMNIZACIONES LEGALES POR DISCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE Y DAÑO MORAL-


En el día hábil de hoy, 05 de octubre de 2017, siendo las 11:00 a.m. las partes habilitaron el tiempo y comparecieron por ante este Tribunal, la ciudadana YULIVER MARIA CANOBA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.212.714, asistida por el Abg. JOSE LUIS ABREU, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 124.543, y por la parte demandada SIGO VENEZUELA, S.A., la apoderado judicial abogada KARELYS CHACON, inscrita en el IPSA bajo el No. 101.328, según consta de poder consignados a los autos, y a los fines de llegar a un acuerdo, el Tribunal en virtud de tal solicitud acuerda de conformidad, a manera transaccional, el monto total de lo demandando es de DIECISIETE MILLONES CIENTO DIEZ MIL DOSCIENTOS TREINTA BOLIVARES CON 50/100, (Bs. 17.110.230,50) y en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguiente y la empresa demandada ofrece pagar la cantidad de CUATRO MILLONES CUATROCIENTO MIL BOLIVARES CON 00/100, (Bs. 4.400.000,00) mediante cheque numero 16008464 girado contra el Banco ACTIVO, cuenta 0171-0016-51-2120210016, quien lo recibe en este acto conforme. En este acto la parte demandante manifiestan que aceptan los monto ofertado y está totalmente satisfechos con la reclamación que se sustanció en la presente causa, señalando que no tiene nada más que reclamar por los conceptos de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES E INDEMNIZACIONES LEGALES POR DISCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE Y DAÑO MORAL, y de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes escrito transaccional de Diez (10) folios para que sean agregadas a las actas, y solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal da por reproducido en esta acta los documentos transaccionales; y conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del expediente. Expídase por secretaria las copias solicitadas y acordadas y entréguesele a los peticionarios.
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. César Augusto Acevedo.-

La demandante y su Abg. Asistente.-

La Apoderado Judicial de la empresa.

La Secretaria(o)