el Tribunal niega la petición por cuanto desde la fecha del auto de admisión el 26/07/2017 la parte actora ha demostrado su interés en el impulso de este proceso diligenciando la notificación del Ministerio Publico, consignando el día 21/07/2017 el ejemplar publicado en el periódico El Luchador del edicto a que se refiere el artículo 507 del Código Civil; así como la citación del demandado el día 03/10/2017. Así se decide administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-




Abg. Manuel Alfredo Cortes.-
La Secretaria,


Abg. Soraya Charboné.-


MAC/MCH/víctor.-
RESOLUCIÓN Nº. PJ0192017000276
ASUNTO: FP02-V-2017-000390