REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR

ASUNTO: FP02-V-2017-000153

En fecha 16 de septiembre de 2014 fue admitida por este Tribunal demanda de divorcio intentada por el ciudadano Oscar José Rodríguez Paredes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.059.151 y de este domicilio, debidamente asistida por la profesional del derecho Maria Elena Silva Conde, abogado en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado según matrícula Nº 33.807 contra la ciudadana Kevin Anai Díaz Alvarez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.791.652 domiciliado en Caicara del Orinoco, Municipio Cedeño del estado Bolívar, fundamentado en el artículo 185, ordinales 2º y 3º del Código Civil.

En fecha 07 de marzo del 2.017 se admitió la demanda; se ordenó la notificación del ciudadano Fiscal 7° del Ministerio Público y la citación de la demandada para la cual se libró comisión al Juzgado Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Cedeño del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar.


El 15 de Marzo del 2.017 el alguacil dejó constancia de la notificación del ciudadano Fiscal 7° del Ministerio Público y el 21/07/2017, se recibió del Tribunal comisionado la compulsa debidamente firmada por la parte demandada quedando emplazadas las partes para el primer acto conciliatorio, de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil.

Llegada la oportunidad para llevar a cabo el acto conciliatorio antes indicado se dejó constancia en acta que las partes no comparecieron por lo que se declara desierto el acto.

El artículo 756 establece que la falta de comparecencia al acto conciliatorio por parte del demandante “… será causa de extinción del proceso”. Comoquiera que en la presente causa el demandante Oscar José Rodríguez Paredes no compareció al primer acto conciliatorio la causa deberá extinguirse.

DECISIÓN

Por las razones expuestas este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el presente juicio de divorcio intentado por la ciudadana Oscar José Rodríguez Paredes contra el ciudadano Kevin Anai Diaz Alvarez.

Publíquese y regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este tribunal, en Ciudad Bolívar, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.

El Juez,

ABG. MANUEL A. CORTÉS.-

La Secretaria,

ABG. SORAYA CHARBONÉ.-

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo la dos de la tarde (02:00 p.m.).-
La Secretaria,

ABG. SORAYA CHARBONÉ
MAC/SCh/indira-
Resolución N° PJ0192017000282.-