REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, dos (02) de octubre de (2017)
(207° y 158°)
EXPEDIENTE Nº JSA-2013-000208

En virtud de mi ABOCAMIENTO en la presente causa, en fecha (18-09-2017), con motivo de mi designación en fecha primero (1°) de junio de dos mil diecisiete (2017), por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia como Jueza Provisoria del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, a los fines de resguardar el derecho a la defensa y a la Tutela Judicial Efectiva se acuerda la notificación de la parte Accionante, Asociación cooperativa “SEMILLAS DE LIBERTAD 448” y del tercero interviniente en la presente causa, Programa Agroproductivo Ecológico Socialista De Las Manos Hacia El Progreso; informándoles que una vez que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, y transcurrido los diez (10) días de despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil; comenzará el lapso de tres (03) días de despacho establecido en el artículo 90 de la precitada norma, a los fines de salvaguardar su derecho de recusar a la nueva Jueza, vencido el mismo sin que hicieran uso de tal derecho, la causa continuará su curso. En tal sentido, notifíquese nuevamente a la Oficina Regional de Tierras a los fines de informarle de lo acordado y ratificarles se sirvan remitir copia del acto administrativo emanado del Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTi) en Sesión EXT-265-16 de fecha (15-10-2016), mediante el cual se aprobó la revocatoria del Título de Adjudicación de Tierras concedido a la asociación civil PROGRAMA AGROPRODUCTIVO ECOLÓGICO SOCIALISTA DE LAS MANOS HACIA EL PROGRESO, tal y como se solicitara según oficio N° JSA-0173/2017. Una vez conste en autos la información requerida, este Juzgado Superior Agrario de esta Circunscripción Judicial se pronunciará sobre el decaimiento de la acción. Líbrense boletas y oficios. Cúmplase.
LA JUEZA,



DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
EL SECRETARIO TEMPORAL,


ABG. IRVING LEONARDO REYES

Dando cumplimiento a lo ordenado, se libraron las correspondientes boletas, así como el Oficio N°JSA-0229/2017
EL SECRETARIO TEMPORAL,


ABG. IRVING LEONARDO REYES