REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VEROES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 31 de Octubre de 2017.
Años: 207° y 158°
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, y practicada la Inspección Judicial en fecha (30) de Octubre de 2017, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos: FLOR DE MARIA MUNELO DE FIGUEROA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.323.554, hábil en derecho, domiciliada en Aroa Municipio Bolívar del Estado Yaracuy, y EVELIN ROSILAY FIGUEROA MUNELO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.203.333, hábil en derecho, domiciliada en Aroa Municipio Bolívar del Estado Yaracuy, Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Ordinal Quince en concordancia con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y con lo previsto en el Artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de los ciudadanos FELIX TOMAS ZERPA PEREZ Venezolano, Mayor de edad Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 8.519.007, Debidamente asistido por el Abogado en ejercicio LUIS RAFAEL LIMA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 13.639.477, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo la matricula Nº 117.421. TÍTULO SUPLETORIO QUE SE DECRETA SOBRE LAS BIENHECHURÍAS ampliamente descritas en el acta de Inspección Judicial efectuada por este Tribunal, construidas en un lote de terreno, perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (INTI), constante de una superficie de DOSCIENTAS TREINTA Y SEIS HECTAREAS CON TRES MIL SEISCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS (236 HA CON 3.609 MT2). Aproximadamente, ubicado en el Sector: El Hacha, Municipio: Bolívar del Estado Yaracuy, y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Carretera Nacional San Felipe- Aroa, y Sergio Medina; SUR: Quebrada el Palmar, Finca El Tigre, Sergio Medina y Rio el Hacha; ESTE: Sergio Medina y Rio El Hacha, y OESTE: Caserío El Hacha, Finca El Roble, Finca El Tigre y Quebrada El Palmar. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena entregar al solicitante antes mencionado, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el Archivo del Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JESUS LEONARDO QUINTERO EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS MUJICA
En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de sus folios útiles.
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS MUJICA
S-0795
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