REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 17 de octubre de 2017.
Años: 207º y 158º
ASUNTO: UP11-J-2017-000667
SOLICITANTE: Ciudadana YULEYDI JANETH OCHOA NAVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.437.120, debidamente asistida por la abogada YENNITT ROSANGEL PANIAGUA SUAREZ, INPREABOGADO N° 102.659.
BENEFICIARIOS: Niño (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacido el 05 de abril de 2010, de siete (7) años de edad.
MOTIVO: AUTORIZACION COBRO DE BENEFICIOS.
En fecha 15 de agosto de 2017, se recibió solicitud de AUTORIZACION COBRO DE BENEFICIO, interpuesto por la ciudadana YULEYDI JANETH OCHOA NAVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.437.120, debidamente asistida por la abogada YENNITT ROSANGEL PANIAGUA SUAREZ, INPREABOGADO N° 102.659, por ante el Tribunal Tercero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción judicial. En fecha 03 de octubre de 2017, este Tribunal dio por recibido el presente asunto proveniente del Tribunal Tercero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción judicial, por redistribución de los asuntos que ameriten tramite con urgencia. En fecha 05 de octubre de 2017, se admitió la presente solicitud, se acordó oír al niño de autos, y se fijo la audiencia de evacuación de pruebas para el día 17 de octubre de 2017, a las 10:00 a.m., libró boleta de notificación de la fiscal del ministerio Público. En fecha 04 de julio de 2017, se procedió a fijar la audiencia de evacuación de pruebas para el día 17 de julio de 2017, a las 2:00 p.m. en esa fecha se comparen las partes sin la asistencia de abogado, reprogramándose la misma para el día 28 de julio de 2017, a las 2:00 p.m. En la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas se dejó expresa constancia de que la ciudadana YULEYDI JANETH OCHOA NAVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.437.120, no compareció a la audiencia por si, ni por medio de apoderado judicial.
Ahora bien, vista la no comparecencia de la solicitante a la audiencia de evacuación de pruebas, este Juzgadora considera desistido el presente asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los diecisiete (17) días del mes de octubre de 2017. Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
La Jueza Temporal,
Abg. WENDY BETANCOURT CHIRINO La Secretaria,
Abg. PILAR VALVERDE
En la misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 10:34 a.m.- La Secretaria,
Abg. PILAR VALVERDE
ASUNTO: UP11-J-2017-000667
|