REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 17 de Octubre de 2017.
207º y 158º
Vista la sentencia del 16/05/2017 (Folios 72 al 76), dictada por esta Instancia Superior Agraria, y por cuanto se observa que se encuentra vencido el lapso previsto en el articulo 235 de la ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, sin que la parte actora, hiciera uso de tal derecho; la declara firme, en consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado de la causa. Líbrese oficio.
La Jueza Provisoria,
YELITZA CHACIN SUBERO.
La Secretaria,

CARMEN BELEN MARTINEZ LUNAR



Exp. Nº 0079-2013
YCHS/CBM/m.a.-