REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 05 de Octubre de 2017
Años: 207° y 158°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados ciudadanos ENILDA ROSARIO NUÑEZ DE CARRILLO, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V-4.478.056 y domiciliada en Avenida Yaracuy Quinta Macanilla, Casa Nº S/N, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, y ROBERT IGNACIO VILLARROEL ANTONETTI, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-11.406.497 y domiciliado en Avenida Los Baños y Avenida Yaracuy La Fuentes, Casa S/N, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos OLGA GRACIELA NUÑEZ DE MEZA, MILTON MANUEL MEZA ALEJOS, LEONALDI RAFAEL MEZA ALEJOS, MARIESTELLA MEZA NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 2.569.084, V-4.925.193 V- 4.926.710 y V-12.278.108 respectivamente, en su condición de conyugue la primera de las nombradas y los tres (03) últimos hijos del de Cujus; MANUEL POMPEYO MEZA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.605.686, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
LA JUEZ,
ABG. JOISIE J. JAMES PERAZA.
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.
Exp. Nº 213-17
JJJP/cg/ya