REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 02 de octubre de 2017
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud que dió comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de las testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadano GAUDIS JAVIER VELIZ RICO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 20.467.984; domiciliado en la urbanización La Sembradora 1, calle 1, avenida 1, casa N° 2, Albarico, municipio San Felipe, estado Yaracuy y ciudadana DILIA RAMONA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 11.654.347; domiciliada en las Mercedes, sector El Molino, calle 2, N° 60, municipio San Felipe, estado Yaracuy; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano ARCENIO DE JESUS BRAVO, quien era venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° 5.457.616; suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos YOMAIRA CANDELARIA GARCÍA VILLAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 7.513.450; BRAVO GARCÍA ROBERTO JESUS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 18.546.604; BRAVO GARCIA MARYLUIS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 18.546.605; y BRAVO GARCÍA LUISA MARIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 19.817.459. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones que forman el expediente N° 4.168-17; a la solicitante y déjese copia en el archivo del Tribunal.
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro
El Secretario Temporal,
Abg. Maximiliano Baquero
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de treinta y un (31) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario Temporal,
Abg. Maximiliano Baquero