REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 26 de octubre de 2017
Años: 207º y 158º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, el ciudadano BASTIDAS CABEZAS RÓMULO, venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de identidad Nº 3.532.726; domiciliado en el Sector Juventud, 5ta Avenida con Calle 34, Casa N° 370, municipio Independencia, estado Yaracuy; y el ciudadano GÓMEZ TORTOLERO ÁNGEL NICOLAS, venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de identidad Nº V-15.250.538; domiciliado en el Sector Mata Palo, Avenida 4 entre Calles 4 y 5, municipio Cocorote, estado Yaracuy, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano LLOVERA ELIAS RAFAEL, quién era venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, soltero, residía en el Sector Juventud, en la 5ta Avenida entre Calles 34 y 35, Casa N° 370, municipio Independencia, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 2.066.832; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos ALGARÍN DE LLOVERA CARMEN LEONOR, LLOVERA ALGARÍN CARMEN ELEONORA y LLOVERA ALGARÍN ELEONET RAFAEL, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de la cédula de identidad N° V-616.394, V-6.865.728 y V-11.195.389 respectivamente, asistida la solicitante, ciudadana ALGARÍN DE LLOVERA CARMEN LEONOR, antes mencionada e identificada, asistida por la abogada RAMIREZ SICLIMAR, Inpreabogado N° 202.944. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a la solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.188-17 y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.
La Jueza Temporal,

Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria Temporal,

Abg. Mayairy Rangel.
En la misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas, constante de quince (15) folios útiles.
La Secretaria Temporal,

Abg. Mayairy Rangel.