REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 31 de OCTUBRE de 2017
Años: 207º y 158º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos; JOSE ARACADIO CASTILLO CARO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-11.147.229., domiciliado en la Urbanización Andrés Eloy Blanco, calle Nº 4, con Av. Nº 3, casa Nº 1-39, municipio San Felipe del estado Yaracuy y JOSE ALEXANDER APONTE MENDOZA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-12.726.022, domiciliado en Urbanización Andrés Eloy Blanco, calle Nº 6, con Av. Nº 3 y 4, casa S/N, municipio San Felipe del estado Yaracuy, es por lo que este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana MILAGROS COROMOTO MAYOR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.518.061; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno Municipal, que mide en su totalidad, TRESCIENTOS NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO CENTIMETROS (391,35 Mts2), con un valor aproximado de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00), con un área de construcción de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (294,04 Mts2), ubicado en la calle Bernabo, sector Las Mercedes, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, consistente en unas bienhechurías tipo casa de dos plantas con sus instalaciones eléctricas y de agua potable, con las siguientes características: Primera planta: paredes de bloque totalmente frisadas, piso de granito, techo de platabanda, un (1) portón de hierro, seis (6) ventanas panorámicas con sus protectores de hierro y vidrio, una (01) cocina, dos (2) garajes, uno (1) interno y uno (1) externo, una (1) sala de estudio, una (1) sala de recibo, un (1) baño, un (1) área para lavar, un (1) frente amplio que tiene capacidad para seis (6) carros, un (1) pino, cerca perimetral con bloques de cemento frisadas. SEGUNDA PLANTA: paredes de bloque totalmente frisadas, piso de porcelanato, techo de machimbrado, cuatro (04) cuartos con sus respectivas puertas, dos (02) baños con sus respectivas puertas, un (1) salón amplio que divide los cuatro (4) cuartos, una (1) terraza cercada de enrejillado, doce (12) ventanas panorámicas, con sus protectores. Encontrándose alinderado de la siguiente manera: NORTE: calle Bernabo que es su frente con 15,00 Mts; SUR: casa y solar que es o fue de José Aponte con 15,00 Mts; ESTE: Solar que es o fue de José Aponte 26,09 Mts; y OESTE: casa y solar que es o fue de Crisalida Aponte con 26,09 Mts. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,

Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,

Abg. Ermila Rodríguez
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,

Abg. Ermila Rodríguez