REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 02 de octubre de 2017
Años: 207° y 158°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como la documentación que la acompañan y las declaraciones de los testigos debidamente juramentadas y presentados por la parte interesada, ciudadana GRISEEL YULIMAR CATARI ASCANIO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 15.767.383, domiciliado en la calle 20 frente a los bomberos sector Peguaima, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y AMALIA ROSA ASCANIO HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.502.298, domiciliada final de la calle 19 Ezequiel Zamora, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley conforme a lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones, de TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: ROSMARY JACKELIN URTADO OLIVEROS, venezolana, titular de la cedula de identidad V- 19.551.396, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurías que los solicitantes dicen poseer sobre un área terreno municipal, que tiene una superficie de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS (150.59Mtrs2) en un área de construcción CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS (150.59Mtrs2), ubicado en la calle 02 entre avenidas 1 y 2, Bicentenario, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy; Con las siguientes características consistente: Una (01) casa construcción, construida con paredes de bloque frisado, techo de acerolit, piso de cemento con cerámica, distribuida de la siguiente manera: una (01) sala, una (01) cocina empotrada, dos (02) habitaciones con sus respectivamente puertas de madera, un (01) baño empotrado con cerámica, cuatro (04) ventanas con sus respectivos protectores de hierro, tres (03) puertas de hierro, un (01) garaje techado con laminas de acerolit y piso de terracota con portón corredizo, un (01) lavadero, cercada totalmente de bloques, con instalaciones de eléctricas, aguas blancas y servidas, alinderadas de la siguiente manera: NORTE: casa y solar que o fue de Elis Alvarado con 15.55 ml , SUR: casa que es o fue de Reina Yusti con 15.05 ml, ESTE: calle 2 que es su frente con 10.40 ml, OESTE: casa que es o fue de Freddy Pinto con 9.50 ml, según se evidencia en CERTIFICADO DE BIENHECHURÍA, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, en fecha 30 de agosto del 2017. Devuélvase original con sus resulta a la parte interesada, este tribunal ACUERDA darle salida y devolver lo actuado al solicitante. Déjese constancia en el libro diario. Se le asigno el número 4435-17.-
El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

El Secretario,

Abg. EDWIN GODOY.









Abg EBA/EG/jo